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Aún estás a tiempo: cómo presentar la Declaración de la Renta para criptomonedas

La declaración de la renta con criptomonedas genera más dudas que cualquier otra operación fiscal. No es fácil saber qué tienes que declarar, en qué casillas va cada cosa, cómo se calcula la ganancia o qué pasa si el año pasado no declaraste nada.

En este artículo de CLCripto, te explicamos cómo presentar la renta si has operado con criptomonedas durante 2025: qué operaciones tributan, cómo se calculan, qué modelos hay que presentar y cuáles son los errores más habituales que acaban en una carta de Hacienda.

Porque sí: si has vendido, intercambiado o recibido criptomonedas, tienes obligación de declararlo. Y cuanto antes lo hagas bien, mejor.

 

¿Cuándo estás obligado a declarar criptomonedas en la Renta?

La regla básica es clara: si solo has comprado y mantienes sin operar, no tributas por ello en el IRPF. El hecho imponible se produce cuando hay una transmisión, es decir, cuando vendes, intercambias o utilizas criptomonedas.

Estas son las operaciones que sí generan obligación de declarar:

 

  1. Venta de criptomonedas por euros. Es el caso más habitual. Cuando vendes Bitcoin, Ethereum o cualquier otra criptomoneda a cambio de euros, se genera una ganancia o pérdida patrimonial que debes incluir en la renta.
  2. Intercambio entre criptomonedas. Si cambias Bitcoin por Ethereum, Hacienda lo considera una transmisión. El intercambio genera una ganancia o pérdida patrimonial en el momento del cambio, aunque no hayas tocado un solo euro.
  3. Pago de bienes o servicios con criptomonedas. Si usas cripto para pagar, esa operación también computa como transmisión a efectos fiscales.
  4. Staking. Las recompensas recibidas por staking tributan como rendimientos del capital mobiliario, no como ganancias patrimoniales. Van a la base del ahorro pero en una casilla diferente a la de la venta.
  5. Airdrops y recompensas. Se consideran ganancia patrimonial en el momento de la recepción. Cuando después los vendes, se genera adicionalmente una ganancia o pérdida patrimonial.
  6. Minería. Si se realiza con medios personales y materiales propios de forma habitual, puede considerarse actividad económica y tributa en la base general del IRPF, a tipos distintos y más elevados que la base del ahorro.

 

Cómo se calcula la ganancia patrimonial con criptomonedas

El cálculo siempre parte de la misma fórmula: ganancia = valor de transmisión − valor de adquisición. A eso se le restan las comisiones de compra y venta, que son deducibles.

El método de valoración obligatorio en España es el FIFO (First In, First Out): se considera que vendes primero las unidades que compraste antes. No puedes elegir qué lote vendes ni optimizar el coste de adquisición seleccionando el más caro.

Un ejemplo: compraste 2 BTC en 2020 a 10.000 € cada uno y 1 BTC en 2022 a 40.000 €. Si vendes 1 BTC en 2025 a 70.000 €, Hacienda considera que has vendido uno de los BTC de 2020. La ganancia sería de 60.000 € (70.000 − 10.000), no de 30.000 € (70.000 − 40.000). La diferencia fiscal es muy relevante.

Esta es la razón por la que llevar un registro preciso de todas las transacciones desde el primer día es fundamental. Sin los datos de adquisición correctos, el cálculo no se puede hacer bien.

 

En qué casillas de la Renta van las criptomonedas

La Agencia Tributaria ha habilitado un apartado específico para declarar las operaciones con monedas virtuales. Las operaciones de compraventa e intercambio de criptomonedas se recogen en las casillas 1800 a 1814 del modelo 100, donde se detallan:

  • Las transacciones realizadas.
  • El valor de adquisición de las criptomonedas transmitidas.
  • El valor de transmisión.
  • La ganancia o pérdida patrimonial resultante.

Las recompensas de staking y otros rendimientos del capital mobiliario derivados de criptomonedas van en un apartado diferente, el de rendimientos del capital mobiliario de la base del ahorro.

Si tienes dudas sobre dónde cuadrar cada operación, es el momento de una consultoría cripto personalizada. Un error en la casilla puede generar un requerimiento de Hacienda aunque el importe declarado sea correcto.

 

Tramos del IRPF para las ganancias patrimoniales cripto en 2025

Las ganancias por venta o intercambio de criptomonedas tributan en la base imponible del ahorro, con los siguientes tramos vigentes en 2025 (actualizados por la Ley 7/2024):

  • Hasta 6.000 € al 19 %
  • De 6.000 € a 50.000 € al 21 %
  • De 50.000 € a 200.000 € al 23 %
  • De 200.000 € a 300.000 € al 27 %
  • Más de 300.000 € al 30 %

Los tipos se aplican de forma progresiva: solo la parte que supera cada umbral tributa al tipo superior.

Qué modelos hay que presentar además de la Renta

Además del modelo 100 (declaración de la Renta), dependiendo de tu situación puede ser obligatorio presentar otros modelos:

Modelo 721. Declaración informativa de criptomonedas situadas en el extranjero. Obligatorio si el valor de las criptomonedas custodiadas en exchanges extranjeros supera los 50.000 € a 31 de diciembre. El plazo es durante el primer trimestre del año siguiente (enero-marzo, con posible prórroga al 1 de abril si el último día cae en festivo o fin de semana). Si ya lo presentaste el año anterior, solo tienes que volver a presentarlo si el valor ha aumentado en más de 20.000 € respecto a la última declaración, o si has dejado de ser titular de esas criptomonedas.

Modelos 172 y 173. Estos modelos los presentan los exchanges y plataformas que operen en España, no los particulares. Pero su existencia significa que Hacienda ya tiene información de tus operaciones antes de que tú presentes la renta. Es el error más costoso y el más difícil de corregir a posteriori.

 

Qué pasa si no declaras criptomonedas en la Renta

No declarar no es una opción segura. Los exchanges españoles reportan operaciones a través de los Modelos 172 y 173, y los exchanges europeos lo harán de forma automática con la entrada en vigor de la normativa DAC8. Hacienda tiene más información de la que muchos piensan.

Las consecuencias de no declarar pueden incluir una liquidación de oficio por parte de la Agencia Tributaria, sanciones de entre el 50 % y el 150 % sobre la cuota no ingresada, y recargos por declaración extemporánea si se regulariza fuera de plazo pero sin requerimiento previo.

Si no declaraste en ejercicios anteriores, la regularización voluntaria antes de que Hacienda te requiera reduce significativamente las sanciones. El plazo de prescripción general es de cuatro años.

 

Aún estás a tiempo: actúa antes de que se cierre la campaña

La campaña de la Renta 2025 tiene plazo hasta el 30 de junio de 2026. Si aún no has presentado tu declaración y tienes operaciones con criptomonedas, es el momento de hacerlo bien.

En CLCripto somos especialistas exclusivos en la fiscalidad de las criptomonedas en España desde 2015. Calculamos tu ganancia correctamente con CoinTracking (somos el Único Full Service Partner en España), gestionamos el Modelo 721 y te acompañamos ante cualquier requerimiento de Hacienda.

Si ya has presentado y crees que puede haber un error, si recibes un requerimiento de Hacienda o si simplemente quieres asegurarte antes de presentar, contáctanos hoy mismo.

 

Preguntas frecuentes sobre la declaración de la renta con criptomonedas

¿Hasta qué año puedo regularizar criptomonedas?

Puedes regularizar los últimos 4 ejercicios no prescritos. En 2026, esto significa 2022, 2023, 2024 y 2025. Los ejercicios anteriores a 2022 están prescritos y ya no pueden ser reclamados por la AEAT, salvo en casos de delito fiscal.

¿Tengo que declarar si solo he comprado criptomonedas pero no las he vendido?

No. Si únicamente ha comprado y mantiene sin haber realizado ninguna transmisión, no hay ganancia patrimonial que declarar en el IRPF. Sí puede estar obligado a presentar el Modelo 721 si el valor en exchanges extranjeros supera los 50.000 €.

¿Tengo que declarar si he cambiado Bitcoin por Ethereum?

Sí. El intercambio entre criptomonedas es un hecho imponible para Hacienda. Se genera una ganancia o pérdida patrimonial en el momento del intercambio, calculada sobre el valor de mercado en ese momento.

¿Cómo tributa el staking en la declaración de la renta?

Las recompensas de staking tributan como rendimientos del capital mobiliario en el momento de la recepción, a los tipos de la base del ahorro (entre el 19 % y el 30 %). Cuando después vende esas criptomonedas recibidas, se genera además una ganancia o pérdida patrimonial.

¿Cómo tributan los NFT en la renta?

La venta de NFTs genera una ganancia o pérdida patrimonial, igual que la venta de cualquier otro criptoactivo.

¿Cómo presento una declaración complementaria del IRPF?

Accede a Renta Web del ejercicio correspondiente, marca la casilla “declaración complementaria”, introduce los nuevos datos (ganancias de cripto, Modelo 721, etc.) y envíala. El sistema calcula automáticamente la diferencia a ingresar.

¿Cuánto es el recargo por regularizar voluntariamente?

1 % del primer mes de retraso, más un 1 % adicional por cada mes hasta el mes 12 (máximo 12 %). A partir del mes 13, el recargo es del 15 % y se añaden intereses de demora desde esa fecha. Sin sanción adicional.

¿Tengo que regularizar también el Modelo 721?

Sí, si en alguno de esos años tuviste saldos superiores a 50.000 € en exchanges o wallets fuera de España. El Modelo 721 extemporáneo tiene sanciones específicas muy duras (20 € por dato, mínimo 10.000 €), por lo que es clave presentarlo antes de notificación.

¿Qué pasa si no declaré mis criptomonedas en años anteriores?

Puede regularizar voluntariamente sin esperar a que Hacienda le requiera. La regularización voluntaria reduce significativamente las sanciones aplicables. El plazo de prescripción es de cuatro años. En CLCripto hemos gestionado numerosas regularizaciones de ejercicios anteriores con resultados favorables.

¿Puedo compensar pérdidas de cripto con ganancias de otros activos?

Sí. Las pérdidas patrimoniales por venta de criptomonedas se pueden compensar con ganancias patrimoniales de otros activos (acciones, fondos, inmuebles) del mismo ejercicio. Si el resultado sigue siendo negativo, puede arrastrarse durante los cuatro ejercicios siguientes.

¿Hasta cuándo tengo plazo para presentar la renta 2025?

El plazo general de la campaña de la Renta 2025 finaliza el 30 de junio de 2026. Si la presentación es con resultado a ingresar por domiciliación bancaria, el plazo se adelanta al 25 de junio.

¿Puede CL Cripto presentar la regularización por mí?

Sí. Nuestro equipo reconstruye el histórico de operaciones, calcula la cuota por cada ejercicio, prepara y presenta las complementarias, y te asesora en los pagos. Todo con un abogado fiscalista especializado en criptomonedas.

¿Qué pasa si ya tengo una carta de Hacienda?

En ese caso ya no puedes acogerte al art. 27 (regularización voluntaria). Se aplica el art. 191 con sanciones del 50 % al 150 %. Es crítico contactar con un abogado cripto antes de responder al requerimiento para minimizar el importe sancionable.

¿Hay riesgo penal por no declarar criptomonedas en años anteriores?

Solo si la cuota defraudada supera 120.000 € por ejercicio y hay dolo. Por debajo, es infracción administrativa. La regularización voluntaria completa elimina el riesgo penal incluso en esos casos (art. 305.4 CP).

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