¿Las criptomonedas pagan impuestos en España?
Sí. Desde que Hacienda incluyó las criptomonedas en su plan anual de control tributario en 2018, la Agencia Tributaria considera que toda operación con criptoactivos genera un hecho imponible cuando produce una alteración patrimonial o un rendimiento. En 2026, la entrada en vigor efectiva de DAC-8 obliga a los exchanges con clientes en la UE a reportar automáticamente saldos y operaciones, por lo que ocultar una cartera cripto ya no es viable. Si todavía tienes dudas sobre la relación entre criptomonedas y Hacienda, esta guía resume el marco fiscal completo de 2026.
En la práctica, debes pagar impuestos por tus criptomonedas en tres escenarios principales: cuando vendes o conviertes crypto y obtienes una ganancia, cuando recibes rendimientos (staking, lending, airdrops), y cuando mantienes saldos en plataformas fuera de España y superas el umbral del Modelo 721.
Marco legal: AEAT, Ley 7/2012 y DAC-8
El marco legal se apoya en tres piezas: la Ley 7/2012 (antifraude) que introdujo la obligación de declarar bienes en el extranjero, el Real Decreto 249/2023 que aprobó el Modelo 721 específico para criptomonedas, y la Directiva europea DAC-8 que desde 2026 obliga a los exchanges con clientes en la UE a informar automáticamente a Hacienda de los saldos y movimientos de sus usuarios.
Diferencia entre IRPF, IP y Modelo 721
Son tres obligaciones distintas y compatibles: el IRPF (Modelo 100) grava ganancias y rendimientos generados durante el año; el Impuesto sobre el Patrimonio (Modelo 714) grava la tenencia total a 31 de diciembre si supera el mínimo exento autonómico; y el Modelo 721 es una declaración informativa sin pago asociado, obligatoria si las criptomonedas custodiadas fuera de España superan 50.000 €.
Cómo tributan las criptomonedas en el IRPF 2026
Las ganancias por venta o swap de criptomonedas tributan en la base del ahorro del IRPF, con los siguientes tramos aplicables al ejercicio 2025 (declaración en 2026). Si aún no tienes claro cómo declarar tus criptomonedas paso a paso, los tramos que aplican son estos:
| Tramo de ganancia | Tipo IRPF 2025 | Ejemplo |
|---|---|---|
| De 0 € a 6.000 € | 19 % | 1.000 € de ganancia → 190 € de impuesto |
| De 6.000,01 € a 50.000 € | 21 % | 20.000 € → 4.080 € de impuesto |
| De 50.000,01 € a 200.000 € | 23 % | 100.000 € → 21.640 € de impuesto |
| De 200.000,01 € a 300.000 € | 27 % | 250.000 € → 54.140 € de impuesto |
| Más de 300.000 € | 30 % | Aplica sobre el tramo superior |
Ganancias y pérdidas patrimoniales: tramos 2025
Toda venta, swap o conversión de cripto a euros o a otra cripto genera una alteración patrimonial. La ganancia se calcula como la diferencia entre el valor de transmisión (precio en euros al vender) y el valor de adquisición (precio en euros al comprar), aplicando el método FIFO cuando hay múltiples compras de la misma moneda.
Rendimientos del capital mobiliario (staking, lending)
Los rewards de staking y los intereses de lending centralizado tributan como rendimientos del capital mobiliario en la base del ahorro (mismos tipos 19-30 %). El valor imputable es el precio de mercado en euros el día en que los recibes, aunque no los hayas vendido todavía.
Rendimientos de actividad económica (mining profesional)
Si minas criptomonedas de forma habitual con infraestructura propia y buscando beneficio, Hacienda lo considera actividad económica. Tributa en la base general del IRPF (tipos progresivos del 19 % al 47 %) y obliga al alta en el IAE y al IVA en determinados casos.
Operaciones concretas: qué tributa y cómo
Comprar y vender (trading spot)
La operación más habitual. Comprar cripto no genera hecho imponible; venderla sí. Cada venta a euros genera una ganancia o pérdida patrimonial que se declara en el IRPF. Si operas en Binance, revisa nuestra guía específica para preparar tu informe fiscal de Binance para la declaración de la renta.
Swaps entre criptomonedas
Un swap (por ejemplo, cambiar ETH por SOL) se considera permuta y genera una alteración patrimonial aunque no pases por euros en ningún momento. La ganancia se calcula por la diferencia entre el valor de mercado en euros al recibir SOL y el valor de adquisición original del ETH.
Staking, farming y lending
Los rewards de staking y farming se consideran rendimientos del capital mobiliario cuando la actividad no implica gestión propia activa. En lending DeFi no-custodial la calificación es más compleja y conviene documentar cada operación con hashes y timestamps para defenderla ante Hacienda.
NFTs, airdrops y hard forks
Los airdrops sin contraprestación tributan como ganancia patrimonial no derivada de transmisión, al valor de mercado del día de recepción. Los NFTs tributan como cualquier otro criptoactivo al venderse. Los hard forks se consideran ganancia patrimonial en el momento en que recibes los nuevos tokens.
Mining y validación
Minar con una máquina doméstica puntual puede declararse como ganancia patrimonial. Hacerlo de forma habitual y profesional obliga a darse de alta como actividad económica, con todas las obligaciones fiscales asociadas (IAE, IVA, libros registro).
¿Dudas con tu declaración cripto 2026?
Habla con un abogado experto en fiscal cripto sin compromiso. Primera consulta gratis.
Modelos tributarios que debes presentar
Dependiendo de tu situación, tendrás que presentar uno, dos o los tres modelos siguientes. Cada uno cubre un aspecto distinto y no son excluyentes entre sí.
Modelo 100 (IRPF): casillas 389, 1626-1633
Es el modelo de la declaración de la Renta. Las ganancias y pérdidas patrimoniales por venta de cripto se imputan en las casillas 1626 a 1633. Los rendimientos de staking y lending van en la sección de rendimientos del capital mobiliario. Plazo: del 3 de abril al 30 de junio de 2026.
Modelo 714 (Patrimonio): obligación y mínimo exento
Declaras el valor total de tu patrimonio (incluida la cartera cripto valorada a 31 de diciembre) si supera el mínimo exento de tu comunidad autónoma. El mínimo general es 700.000 €, más 300.000 € por la vivienda habitual, pero varía por CCAA. Coincide en plazo con el IRPF.
Modelo 721 (Declaración informativa en el extranjero)
Obligatorio si, a 31 de diciembre, tienes más de 50.000 € en criptomonedas custodiadas en plataformas situadas fuera de España. Es solo informativo (no conlleva pago), pero no presentarlo tiene sanciones severas. Plazo de presentación: del 1 de enero al 31 de marzo de 2026.
Plazos y calendario fiscal 2026
Marca estas fechas en el calendario si tienes criptomonedas:
- 1 enero – 31 marzo 2026: presentación del Modelo 721 correspondiente al ejercicio 2025.
- 3 abril – 30 junio 2026: campaña de la Renta 2025 (Modelo 100).
- 3 abril – 30 junio 2026: Modelo 714 de Patrimonio, si estás obligado.
- 25 de junio: fecha límite si el resultado de la renta es a ingresar y quieres domiciliar el pago.
Desde 2026, con DAC-8 plenamente operativa, Hacienda recibe los datos de los exchanges europeos antes del inicio de la campaña, por lo que conviene anticiparse y cruzar los datos propios con los que tendrá la Agencia Tributaria.
Sanciones por no declarar criptomonedas
Las sanciones se gradúan según la gravedad y el importe no declarado. Para entender en detalle las consecuencias económicas, consulta la guía completa sobre multas por no declarar criptomonedas.
- Infracción leve: 50 % del importe no ingresado cuando la cantidad es inferior a 3.000 € o no hay ocultación.
- Infracción grave: del 50 % al 100 %, con recargos adicionales por ocultación o medios fraudulentos.
- Infracción muy grave: del 100 % al 150 %, ampliable al 200 % en caso de ocultación reiterada o uso de intermediarios opacos.
- No presentar el Modelo 721: multa de 20 € por cada dato omitido con un mínimo de 300 €.
A todo ello se suman intereses de demora y, en casos de más de 120.000 € defraudados, posible responsabilidad penal por delito contra la Hacienda Pública.
Regularización voluntaria: cómo declarar años anteriores
Si en años anteriores no declaraste tus criptomonedas, todavía estás a tiempo de regularizar la situación voluntariamente antes de que Hacienda te requiera. Es fundamental hacerlo antes de recibir cualquier notificación: una vez iniciado el procedimiento, pierdes la posibilidad de acogerte a los recargos reducidos del artículo 27 LGT. En nuestra guía sobre cómo regularizar años anteriores encontrarás el paso a paso detallado.
Los recargos por declaración extemporánea sin requerimiento previo son del 1 % más un 1 % adicional por cada mes completo de retraso, con un máximo del 15 % a partir del año. Si Hacienda ya te ha requerido, los recargos saltan directamente a 50-150 %.
Cómo CL Cripto te ayuda con tu declaración cripto
En CL Cripto somos la primera consultoría legal y fiscal especializada en criptomonedas de España, fundada en 2015. Nuestro equipo de 9 especialistas (economistas, abogados y auditores) son, además, inversores cripto. Eso nos permite hablar tu idioma: sabemos qué es un LP token, entendemos la diferencia entre staking nativo y lending centralizado, y tenemos resueltos los casos complejos de DeFi multi-protocolo.
Ofrecemos tres niveles de servicio según tu perfil: Informe Fiscal HOLDER para carteras simples, INVESTOR para operativa activa con varios exchanges, y TRADER para operativa intensiva y DeFi. Todos incluyen revisión manual por un abogado y defensa ante requerimientos de Hacienda.
Calcula en 2 minutos qué impuestos pagarás por tus cripto este año.
Sin compromiso, sin email obligatorio. Con resultado orientativo al instante.
Preguntas frecuentes sobre impuestos cripto
¿Cuánto se paga de impuestos por criptomonedas en España?
Depende de la ganancia: entre el 19 % y el 30 % en el IRPF 2025. Los primeros 6.000 € tributan al 19 %, de 6.000 a 50.000 € al 21 %, de 50.000 a 200.000 € al 23 %, de 200.000 a 300.000 € al 27 % y a partir de 300.000 € al 30 %.
¿Hay que declarar criptomonedas si no he vendido?
Si solo las mantienes y no generan rendimientos, no tributan en IRPF. Pero sí deben incluirse en el Modelo 721 (si superan 50.000 € en plataformas fuera de España) y en el Modelo 714 de Patrimonio si tu patrimonio total supera el mínimo exento autonómico.
¿Qué pasa si no declaro las criptomonedas?
Las sanciones van desde el 50 % hasta el 150 % del importe no ingresado, más intereses de demora. Si la infracción es muy grave o hay ocultación, puede llegar al 200 %. Desde 2026, con DAC-8 operativo, Hacienda cruza datos de exchanges automáticamente.
¿Los swaps entre criptomonedas pagan impuestos?
Sí. Un swap se considera permuta y genera ganancia o pérdida patrimonial aunque no pases por euros. Se calcula por la diferencia entre el valor de mercado en euros al recibir la nueva criptomoneda y el valor de adquisición de la original.
¿Cómo tributa el staking en España?
Los rewards de staking se consideran rendimientos del capital mobiliario y tributan en la base del ahorro (19-30 %). El valor imputable es el de mercado en euros el día que los recibes. Cuando luego vendes esos rewards, la ganancia adicional vuelve a tributar.
¿Qué modelo se usa para declarar criptomonedas en el IRPF?
El Modelo 100 de IRPF. Las ganancias y pérdidas patrimoniales por venta de cripto van en las casillas 1626-1633. Los rendimientos (staking, lending) van en la sección de rendimientos del capital mobiliario. El Modelo 721 es adicional y solo informativo.
¿Puedo compensar pérdidas de criptomonedas con otras ganancias?
Sí, pero con límites. Las pérdidas patrimoniales se compensan primero con ganancias patrimoniales del mismo año; el exceso se compensa hasta en un 25 % con rendimientos del capital mobiliario de la base del ahorro. Lo no compensado se arrastra 4 años.
¿Hay que declarar los airdrops de criptomonedas?
Sí. Los airdrops tributan como ganancia patrimonial no derivada de transmisión al valor de mercado del día de recepción. Si existe contraprestación (tarea, hold, KYC), pueden considerarse rendimiento de actividad económica.
¿Qué pasa con las criptomonedas perdidas o robadas?
Solo son pérdida patrimonial computable si cumplen los requisitos del art. 14.2 del Reglamento IRPF: denuncia, procedimiento concursal o crédito incobrable acreditado. En la práctica, la AEAT es muy restrictiva y conviene analizar cada caso.
¿Los no residentes fiscales en España pagan impuestos por criptomonedas?
Los no residentes tributan por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) solo por las rentas de fuente española. Las ganancias por venta de cripto generalmente no se consideran de fuente española salvo situaciones muy específicas.
¿Cuánto cuesta un asesor fiscal de criptomonedas?
En CL Cripto ofrecemos una primera consulta gratuita de diagnóstico. Los planes de declaración cripto parten desde 290 € según volumen de operaciones. Casos complejos con DeFi, staking multi-protocolo y operaciones internacionales se presupuestan a medida.

